A través de la Resolución 220/2019 publicada en el BoletÃn Oficial el 15 de abril de 2019, el Gobierno publicó la nueva clasificación para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categorÃa PyME .
Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de obtener el Certificado PyME mediante el cual podrán acceder a los beneficios que brinda la Ley PyME como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal, estÃmulos financieros y acceso a mejores créditos y fomento de inversiones.
Sobre la elevación del lÃmite en la facturación anual se tomó en consideración las especificidades propias de los distintos sectores y la evolución reciente de los mismos. Para el sector de industria, por ejemplo, ahora se considera una microempresa la que facture en promedio durante los últimos años hasta $21.990.000, una pequeña hasta $157.740.000; una mediana tramo 1 hasta $986.080.000 y una mediana tramo dos hasta $1.441.090.000.
Además de actualizar las categorÃas se incorporan los siguientes parámetros:
Se agrega la opción de compartir datos a organismos privados, con el objetivo de facilitar el acceso a lÃneas especiales de financiamiento, simplificar trámites y propiciar la transparencia. Las PyMEs que no opten por compartir información no perderán los beneficios fiscales comprendidos en el Registro PyME.
Se simplifica y se agiliza el trámite de PyMEs integrantes de un grupo económico.
Se unifica el cuerpo normativo PyME con el agrupamiento de las resoluciones PyME, de Categorización y de Certificado PyME para facilitar el acceso y gestión.